Estas son algunas de las Escuelas habilitadas para realizar la votación el Domingo 11 de agosto, a partir de las 8:00 AM hasta las 18:00 PM, donde se cierran las Escuelas, cabe destacar que los ciudadanos que están dentro de la escuela antes de las 18:00 Hs, pueden emitir su voto libremente, y la mesa se cierra una vez terminada la votación de esas personas, para después comenzar con el recuento de votos.
- *CONSULTE EN EL PADRÓN ELECTORAL DONDE LE CORRESPONDE EMITIR EL VOTO. PADRON ELECTORAL GENERAL
- Datos de las Escuelas del Partido de la Costa y Gral Lavalle
en Mar de Ajo - en San Bernardo
- en La Lucila
- en Mar del Tuyú
- en Santa Teresita
- en Las Toninas
- en General Lavalle
- en San Clemente del Tuyú
QUE ES SISTEMA ELECTORAL ?
Los sistemas electorales son parte del derecho electoral, constituyendo mecanismos que establece el Estado para estructurar la voluntad popular expresada mediante el sufragio y traducirla en representaciones públicas. Los sistemas electorales se clasifican en: mayoritarios, proporcionales y mixtos. El derecho público provincial argentino como expresión de su autonomía política reconocida por la Constitución Federal, permite que cada Provincia adopta su propio sistema electoral.
QUÉ SON LAS PASO ?
Primarias abiertas y simultáneas. La selección de candidatos se realiza en un acto electoral único, en el que participa toda la ciudadanía, que puede votar por el candidato que se postule para precandidato, Es el sistema establecido por la ley nacional 26.571 para la selección de candidatos a cargos públicos electivos nacionales y provinciales y municipales. (2) Cabe destacar que la participación en las elecciones primarias es obligatoria tanto para los partidos, aun en aquellos casos en que se presentare una sola lista, como para los ciudadanos, caso contrario no podrán participar de la elección general. La elección de los candidatos a presidente y vicepresidente de la Nación de cada agrupación se hará mediante fórmula en forma directa y a simple pluralidad de sufragios, en tanto los senadores se elegirán por lista completa a simple pluralidad de votos. En la elección de diputados nacionales, y provinciales, cada agrupación integrará la lista definitiva mediante el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria o el reglamento de la alianza partidaria. Según lo dispuesto por la Ley Nacional 26.571 solo podrán participar de la elección general aquellos partidos políticos que hubieren obtenido votos en un mínimo equivalente al 1,5 % de los votos válidos emitidos para la categoría electoral.
Nota de MULTIMEDIO.com.ar